De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/1987, el Estado concede a las distintas entidades políticas, con representación en el Congreso de los Diputados, una cantidad anual, en concepto de subvención, que se distribuye entre aquellas acorde a los resultados obtenidos en las últimas elecciones a la citada Cámara.
Esta financiación pública, que se abona en doce mensualidades, para gastos de mantenimiento ordinario, se concreta en el montante anual incluido en los Presupuestos Generales del Estado, para el ejercicio correspondiente, que se consigna en el programa 463A, Elecciones y Partidos Políticos, con cargo al crédito 485.01, Financiación a Partidos Políticos.
Durante el cuarto trimestre de los pasados Presupuestos Generales del Estado para 1994, la mencionada subvención se ha llevado a efecto abonándose las siguientes cantidades:
Pesetas
Partido Socialista Obrero Español / 846.992.055
Partido Popular / 855.455.895
Izquierda Unida / 163.640.424
Convergencia i Unió / 117.043.191
Partido Nacionalista Vasco / 30.637.944
Unión Valenciana / 9.256.134
Eusko Alkartasuna-Euskal Ezkerra / 11.067.378
Partido Aragonés (PAR) / 12.117.933
Partido Socialista de Cataluña (PSC-PSOE) / 126.923.142
Unión del Pueblo Navarro-Partido Popular / 14.214.108
Iniciativa per Catalunya / 25.319.358
Coalición Canaria / 22.908.837
Esquerra Republicana de Catalunya / 15.027.603
Lo que se hace público de conformidad con lo previsto en el artículo 81.7 de la Ley General Presupuestaria, en la redacción dada por la Ley 31/1990 («Boletín Oficial del Estado» número 311, de 28 de diciembre), con su inserción en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de enero de 1995.-La Secretaria de Estado de Interior, Margarita Robles Fernández.
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