En el recurso contencioso-administrativo número 719/1994, seguido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a instancia de don Manuel Barredo Rielo y otros, contra resolución desestimatoria sobre reconocimiento y abono de todos los trienios devengados en la Función Pública con arreglo a la cantidad vigente para el Cuerpo de su actual pertenencia, ha recaído sentencia de fecha 18 de enero de 1996, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Manuel Barredo Rielo y otros relacionados al principio, contra la Resolución referida al principio, denegatoria de la valoración de todos los trienios conforme al último grupo, o actual, a que pertenece el funcionario, debemos declarar y declaramos que dicha Resolución es conforme a Derecho; sin hacer imposición de costas.»
En virtud de lo que antecede, esta Dirección General ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 28 de junio de 1996.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.
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