Visto el expediente de indulto de don Antonio Cubo Alarcón, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Alicante, sección segunda, en sentencia de 3 de marzo de 2003, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 50.000 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de febrero de 2007,
Vengo en conmutar a don Antonio Cubo Alarcón la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 2 de febrero de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid