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Documento BOE-A-2010-12319

Resolución de 2 de julio de 2010, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Rehabilitación ambiental del río Limonetes en la zona regable de Talavera de la Real, Badajoz.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 31 de julio de 2010, páginas 66638 a 66649 (12 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2010-12319

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, establece en su artículo 3.2 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del anexo III de la norma citada.

El proyecto Rehabilitación ambiental del río Limonetes en la zona regable de Talavera la Real (Badajoz) se encuentra en este supuesto por poder afectar a los lugares Natura 2000 lugar de interés comunitario (LIC) ribera de los Limonetes-Nogales y zona de especial protección para las aves (ZEPA) llanos y complejo lagunar de la Albufera.

Al objeto de determinar la existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental, esta Dirección General ha realizado un análisis cuyos elementos fundamentales son:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

El objeto del proyecto es la restitución del funcionamiento ecológico del río, recuperando su espacio de movilidad fluvial, alcanzando una mayor naturalidad en su régimen de caudales y restableciendo su equilibrio geomorfológico según el marco establecido por la Estrategia Nacional de Restauración de Ríos.

Las numerosas presiones e impactos generados tanto por el urbanismo, como por la agricultura presente en ambas márgenes a lo largo del tramo fluvial, hacen que la situación actual del tramo se encuentra lejos del buen estado ecológico que la Directiva Marco del Agua establece como objetivo para el año 2015.

El ámbito de actuación se localiza en el curso del río Limonetes, perteneciente a la cuenca media del río Guadiana en el entorno de Talavera la Real (Badajoz).

Coordenada inicial (m): 170.443; 4.297.898.

Coordenada final (m): 166.673; 4.314.053.

Longitud (Km): 26.

Superficie (Ha): 289 aprox.

El promotor del proyecto es la Confederación Hidrográfica del Guadiana y el sustantivo la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino.

2. Tramitación y consultas

La tramitación se inició con fecha 23 de marzo de 2010, momento en que se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación inicial procedente de la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

Tras el estudio de la documentación ambiental aportada, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental estableció un periodo de consultas, con fecha 13 de abril de 2010, a personas, instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto. En la tabla adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Ayuntamiento de Talavera la Real.

X

Asociación para Defensa Naturaleza y Recursos de Extremadura-ADENEX.

Asociación Extremeña de Amigos de la Naturaleza (AEXAN).

WWF/ADENA.

SEO.

Greenpeace.

Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental, Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.

Dirección General de Patrimonio Cultural, Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Extremadura.

X

Diputación Provincial de Badajoz.

Subdelegación del Gobierno en Badajoz.

Amigos de la Tierra España .

Ecologistas en Acción de Extremadura.

Confederación Hidrográfica del Guadiana.

X

Dirección General del Medio Natural, Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.

X

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Desde la Dirección General de Medio Natural de la Junta de Extremadura se informa que no es probable que la actividad solicitada tenga repercusiones significativas sobre lugares incluidos en la Red Natural 2000, siempre que se cumplan las medidas correctoras recogidas en el informe técnico que se adjunta. Con fecha 1 de junio de 2010 se recibe un escrito en el que se indica que dichas medidas serán asumidas por la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

Desde la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura se indica que se deberán adoptar las siguientes medidas:

Deberá excluirse de la obra de referencia los restos correspondiente al yacimiento Las Terrezuelas o Peñón de los Conejos, estableciéndose un perímetro de protección con un radio de 100 m y prohibiéndose cualquier actividad relacionada con las tareas de restauración fluvial en dicha área.

Se llevará a cabo una prospección arqueológica intensa por técnicos especializados en toda la zona de afección de las obras, así como áreas de acopios, préstamos, instalaciones auxiliares y cualquier obra relacionada con dicho proyecto que conlleve remociones y/o afecciones sobre el terreno. Su objetivo será localizar, delimitar y caracterizar la presencia de posibles yacimientos arqueológicos, paleontológicos y elementos de interés etnográfico y determinar la posible afección del proyecto respecto a los mismos. El equipo de prospección deberá contar con al menos un especialista en arte rupestre del que se deberá certificar probada experiencia en la identificación, documentación y análisis motivos y figuras de arte rupestre. Del informe emitido a raíz de esta actuación la Dirección General de Patrimonio determinará las medidas correctoras pertinentes.

3. Análisis según los criterios del anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del anexo III del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Características del proyecto.–La actuación pretende mejorar el estado ecológico del tramo y recuperar su funcionalidad ecosistémica, estableciendo para ello actuaciones de carácter medioambiental encaminadas a la recuperación de la continuidad longitudinal, conectividad transversal y conexión vertical del cauce y sus riberas. Así mismo, se prevé realizar actuaciones de carácter social y de mejora del patrimonio cultural.

Como principales actuaciones de carácter medioambiental destacan, agrupadas por líneas de actuación:

A) Delimitación del espacio de movilidad fluvial, entendido este como el territorio por donde discurren las aguas y tienen lugar los procesos fluviales con mayor periodicidad. Este ámbito de actuación se establecerá en base a:

El espacio de movilidad fluvial se delimitará para períodos de retorno inferiores a 10 años.

Se asegurará una banda mínima de protección de 30 metros a cada lado del cauce (franjas riparias).

Se establecerá el espacio necesario para el desarrollo de las actuaciones de carácter hidromorfológico proyectadas.

B) Actuaciones de mejora de la continuidad y conectividad del medio fluvial:

Eliminación del terraplén localizado en la bifurcación del río Limonetes y La Corta. La Corta es una derivación que hay entre Talavera la Real y Balboa, que desvía parte del caudal del río hacia el Guadiana en un punto anterior a la desembocadura natural del río Limonetes. Esta obra se realizó como medida de defensa frente a las inundaciones en Balboa. En este punto, poco después de la derivación, existe un terraplén en tierras que impide el correcto funcionamiento de la obra hidráulica realizada, obstruyendo el paso del caudal por el río y obligando a que la totalidad del flujo circule por La Corta, que no está diseñada para tanto caudal.

Limpieza del cauce.

Retranqueo o eliminación de estructuras longitudinales y motas. De esta manera se permitirá mantener la protección frente a las inundaciones de las parcelas adyacentes y proporcionar al río un mayor espacio fluvial.

Eliminación de las instalaciones, naves industriales, dispuestas en el espacio de movilidad fluvial.

Modificación de los taludes laterales del cauce.

Retirada de materiales alóctonos (escombros, basuras, etc.).

Control de la incisión del cauce mediante rampas de estabilización, que permitirán la elevación del nivel freático y el aumento de la conductividad hidráulica.

C) Actuaciones sobre la morfología del cauce:

Recuperación de un brazo del río Guadiana en el entorno de Balboa.

Adecuación morfológica en la desembocadura: retirada de rellenos antrópicos, restauración del espacio afectado por la gravera y recuperación de la morfología original del río en su desembocadura tomando como referencia el vuelo del 1956.

D) Actuaciones para la protección de la calidad de las aguas y del hábitat fluvial:

Diseño de franjas riparias que actuarán como bandas protectoras del cauce y los hábitats a él asociados, cuyo objetivo es retener los excedentes de nutrientes y plaguicidas procedentes de los cultivos próximos al río.

Creación de secciones heterogéneas adaptadas a la sinuosidad del trazado de forma que respeten su evolución morfológica y favorezcan la diversidad de hábitats.

E) Actuaciones de protección y fomento de la fauna: Colocación de nidos artificiales, refugios artificiales, madrigueras para la nutria, actuaciones encaminadas a la diversificación de hábitats fluviales.

F) Actuaciones de mejora de la composición y estructura de la vegetación de ribera:

Tratamientos selvícolas sobre la vegetación existente.

Plantaciones con especies autóctonas climatófilas y edafohigrófilas para la restauración de la cubierta vegetal en las zonas deterioradas. Se tendrá en cuenta la anchura del margen ripario y las formaciones vegetales existentes. Se crearán módulos de plantación tipo, los cuales han sido diseñados mediante el reconocimiento «in situ» de la vegetación autóctona existente y el conocimiento de la vegetación potencial. El orden de distribución de los diferentes módulos de plantación ordenados de mayor a menor proximidad al cauce es: saucedas, fresnedas, olmedas y tapujares. Las plantaciones se llevarán a cabo dentro del periodo de reposo vegetativo: entre el 15 de octubre y el 15 de febrero.

Eliminación progresiva de especies alóctonas, principalmente eucalipto («Eucaliptus camaldulensis») y acacia negra («Gleditsia triacanthos»). Se han establecido tres procedimientos de actuación en función de la situación respecto a la orilla del río, su influencia en la estabilización del terreno y su papel dentro del hábitat fluvial. En el caso del eucalipto, las actuaciones se harán de cuerdo a las medidas establecidas en las normas generales para la evaluación de impacto ambiental de los destoconados de eucalipto de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Aplicación de técnicas de bioingeniería para corregir y proteger las orillas de los procesos erosivos y para crear una primera línea de vegetación.

Protección puntual de zonas mediante vallados, apropiadas para que se desarrolle una regeneración natural de la vegetación de ribera.

G) Actuaciones de defensa frente a inundaciones:

Apertura de un brazo en el río Limonetes a la altura del núcleo urbano de Talavera la Real, permitiendo duplicar la capacidad de desagüe para caudales extraordinarios.

Creación de zonas de laminación en puntos de cota bajos, que permitan la acumulación de un determinado volumen de agua en el caso de caudales extraordinarios.

Creación de estructuras longitudinales que sirvan de protección frente a las avenidas correspondientes al periodo de retorno de 100 años.

Adecuación de La Corta, de modo que se mejore la capacidad de desagüe de la obra hidráulica.

H) Actuaciones de recuperación paisajística.–En el entorno urbano de Talavera la Real se diseñará un parque fluvial con jardinería, equipamientos, pasarelas, riego, pavimentación y drenaje, que mejorará la calidad paisajística, dotado con zonas de uso recreativo, sendas, recorridos interpretativos, carril bici, instalación de mobiliario y cartelería, etc., para un mayor acercamiento de la población al río y su entorno.

I) Trabajos de seguimiento, control e investigación del ecosistema fluvial:

Grabación de videos y realización de reportajes fotográficos antes, durante y a la finalización de las obras, para la puesta en valor del tramo.

Realización de muestreos biológicos y obtención de indicadores establecidos en la Directiva Marco del Agua y el Real Decreto 907/2007, por el que se aprueba el Reglamento de Planificación Hidrológica, para determinar el estado ecológico y valorar la efectividad de las actuaciones proyectadas.

Trabajos de investigación en convenio con la universidad.

Realización de una prospección arqueológica.

Como principales actuaciones de carácter social destacan:

Adecuación del espacio fluvial en el entorno urbano mediante la convivencia de usos ocio-recreativos (parque fluvial) y la dinámica fluvial.

Reposición de obras de paso en diversos puntos del río, afectadas por las actuaciones de restauración ambiental, debido a la ampliación del espacio fluvial proyectado.

Ordenación del uso social: cartelería interpretativa e informativa, donde se fomente la conciencia social y el respeto al entorno ripario.

Jornadas de educación ambiental y colaboración con el programa de voluntariado en ríos promovido por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino en el marco de la Estrategia Nacional de Restauración de Ríos.

Las alternativas estudiadas se presentan el siguiente cuadro (la alternativa seleccionada es la A3 y aparece sombreada en gris):

Alternativas estudiadas

A0

A1

A2

A3

A4

Liberación del espacio de movilidad fluvial.

Naves industriales

X

X

X

X

Instalaciones de ocio: piscina

X

Actuaciones sobre la geomorfología del cauce.

Creación de un brazo en el entorno de Talavera la Real:

 

 

 

 

 

Trazado 1

X

Trazado 2

X

Trazado 3

X

Trazado 4

X

Recuperación de antiguos brazos a la altura de la derivación al Guadiana

X

X

Recuperación de un antiguo brazo del Guadiana

X

X

Creación de zonas de laminación

X

X

X

Retranqueo y eliminación de motas

X

X

X

X

Recuperación del espacio degradado por la gravera.

Eliminación de basuras y rellenos antrópicos, relleno de antiguos huecos de explotación, preparación del terreno para regeneración de la vegetación, plantación con especies de la primera etapa de la regeneración.

X

X

X

X

Actuaciones medioambientales.

Tratamientos selvícolas, eliminación de vegetación alóctona, plantación con especies climatófilas y edafohigrófilas, integración paisajísticas de espacios degradados, fomento de la fauna, educación ambiental, etc.

X

X

X

X

Actuaciones de obra civil.

Creación de un paso inferior en el puente del canal de Lobón

X

Creación de un paso inferior en el puente de la antigua carretera nacional N-Va

X

La alternativa selecciona supone la realización de actuaciones medioambientales, recuperación del espacio degradado por la gravera, la demolición de obras de fábrica, tanto las naves industriales como las instalaciones recreativas de la piscina, la creación de una zona de laminación entre los puentes de la carretera A5-E90 y el canal de Lobon y la creación de un brazo que conlleva la creación de un paso inferior en la antigua carretera nacional N-Va.

Ubicación del proyecto.–La cuenca del río Limonetes se caracteriza por presentar una cuenca regulada (356,9 km2) por la existencia de presas, tanto en la Rivera de Nogales, como en el Arroyo de Valdegrana, y una cuenca natural (99,1 km2) que drena directamente al tramo fluvial por las escorrentías directas de las subcuencas de aporte, o a través de la red de drenaje correspondiente a la rivera de Pizarra.

A lo largo del tramo de actuación se identifican usos del suelo agrícola y urbano.

La vegetación presente en la zona muestra un elevado estado de degradación propiciado por el desarrollo de usos humanos, principalmente actividades agrícolas que han desplazado la vegetación natural. En el cauce, destaca la presencia y proliferación de «Pharagmites australis» (carrizo) ocasionando un circulación hidráulica lenta que reduce la velocidad de evacuación de caudales al río Guadiana en los episodios de grandes avenidas. Fuera del cauce se han inventariado numerosas especies características de galerías riparias, incluidas especies alóctonas como el «Eucaliptus camaldulensis» (eucalipto), especie que se utilizó con finalidad protectora de repoblaciones hace 30 años.

Respecto a la fauna, destacada la existencia de «Austropotamobius pallipes» (cangrejo de río), catalogado en peligro de extinción según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura. Al interés intrínseco que de por sí posee esta especie, hay que sumarle el hecho de tratarse de un componente básico en la alimentación de «Lutra lutra» (nutria), especie presente en las proximidades de la zona de proyecto catalogada como vulnerable. Destaca además la presencia de «Rutilus lemmingii» (pardilla), «Barbus comiza» (barbo comizo) y «Cobitis paludicola» (colmilleja), especies endémicas de la Península Ibérica, catalogadas como vulnerables según la clasificación UICN y en peligro de extinción según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura. También se han inventariado el «Mauremys leprosa» (galápago leproso), catalogada como vulnerable según la clasificación UICN, y el galápago europeo («Emys orbicularis»), especie sensible a la alteración de su hábitat.

Las especies de aves inventariadas son: «Ciconia nigra» (cigüeña negra), catalogada en peligro de extinción según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, «Ciconia ciconia» (cigüeña común), «Grus grus» (grulla), «Eleanus caeruleus» (elanio común), «Glareola pratincola» (canastera), «Milvus milvus» (milano real) y «Burhinus oedicnemus» (alcaraván), esta última catalogada como en peligro según la clasificación UICN. Por último destacar que esta zona es utilizada como ruta migratoria para numerosas especies.

Respecto a la flora se identifica la especie Narciso («Narcissus fernandesii»), especie de interés comunitario incluida en los anexos II y V de la Ley 42/2007.

Respecto a la Red Ecológica Natura 2000, en el ámbito del proyecto se localizan:

Lugar de interés comunitario (LIC) ribera de los Limonetes-Nogales (ES4310032).

Zona de especial protección para las aves (ZEPA) llanos y complejo lagunar de la Albufera.

En la zona también se localiza el hábitat prioritario 6220 Majadales silicícolas mesomediterráneos aunque no se proyectan actuaciones en dicha superficie ni en las zonas de influencia. En las proximidades del proyecto se ubica la IBA Olivenza-Albufera.

En la zona se han identificado tres áreas donde se localizan yacimientos arqueológicos: El Bercial, Las Terrezuelas o Peñón del Conejo y la Huerta de don Mateo.

En la zona objeto de estudio existen un total de cuatro vías pecuarias que pueden verse afectadas: la Cañada Real del Camino Viejo de Badajoz, la Cañada Real del Camino de Entrín Seco, el Cordel de las Torrezuelas y la Cañada Real de los Limonetes.

Características del potencial impacto.–El impacto de la actuación será de carácter favorable, dado que se pretende mejorar el estado ecológico del tramo, contribuyendo a recuperar la continuidad longitudinal, conectividad transversal y conexión vertical del río, y su funcionamiento hidráulico.

No obstante, durante la fase de construcción se producirán afecciones ambientales debidas a los movimientos de tierra, tránsito de maquinaria y equipos, actuaciones de retranqueo y eliminación de estructuras longitudinales, actuaciones en cauce, tratamientos silvícolas, desbroces. Los principales impactos y sus afecciones que se van a derivar de las actuaciones previstas son esquemáticamente los siguientes:

Impactos

Construcción

Funcionamiento

Movimiento de tierras y demoliciones

Adecuación ambiental

Instalaciones

Desbroce y despeje de vegetación

Por excavaciones, rellenos, eliminación, retranqueo o creación de motas, materiales de préstamos y vertederos

Demolición de obras de fábrica

Tránsito de maquinaria

Ocupación temporal del cauce

Limpieza, desbroces, podas, siembras, plantaciones, apeo de especies alóctonas y ejemplares muertos

Adecuación de áreas recreativas. Equipamiento y mobiliario

Sendas y caminos naturalizados

Calidad del aire.

Calidad del aire.

 

X

X

X

 

 

 

 

Ruido.

Confort sonoro.

X

X

X

X

 

 

 

 

Clima.

Microclima.

X

 

 

 

 

X

 

 

Geología
y geomorfología.

Cambios geomorfológicos.

 

X

 

 

 

 

 

 

Procesos erosivos.

X

 

 

 

 

 

 

 

Edafología.

Compactación de suelos.

 

X

 

X

 

 

 

 

Contaminación.

 

 

 

X

 

 

 

 

Ocupación.

 

X

 

 

 

 

X

X

Hidrología.

Calidad del agua.

 

X

X

X

X

 

 

 

Hidrología subterránea.

 

 

 

 

 

 

 

 

Hidrología
superficial.

X

 

X

 

X

X

 

 

Vegetación.

Riesgo de incendios.

 

 

 

X

 

X

X

 

Afección directa de vegetación.

X

X

 

 

X

X

 

 

Fauna.

Efecto barrera.

 

X

 

 

 

 

 

 

Destrucción directa de fauna.

X

X

 

 

 

X

 

 

Destrucción o modificación de hábitats.

X

X

 

 

 

 

 

 

Paisaje.

Paisaje.

 

 

 

 

 

X

X

X

Patrimonio.

Yacimientos arqueológicos.

 

 

 

 

 

 

 

 

Vías pecuarias.

 

 

 

X

 

 

 

 

Demografía.

Creación de empleo.

X

X

 

 

 

X

 

 

Demografía.

Efecto barrera. Accesibilidad.

 

 

 

 

 

 

 

X

Sistema territorial.

Afección a servicios.

 

X

X

 

 

 

X

X

Las principales medidas preventivas y correctoras propuestas con el fin de evitar y/o minimizar los impactos descritos son:

a) Medidas de carácter general:

Formación ambiental del personal de obra, seguimiento ambiental de las obras y jalonamiento estricto de la superficie de ocupación.

Se deberá tener en cuenta lo establecido en el apartado de usos compatibles en las zonas catalogadas «zona de uso tradicional», según se recoge en la Orden de 28 de agosto de 2009 por la que se aprueba el Plan de gestión de la ZEPA llanos y complejo de La Albufera.

b) Medidas para la protección de la geología y los suelos:

Se identificarán las áreas aptas para vertederos viables, dando prioridad a la utilización como vertedero de las canteras abandonadas situadas a una distancia máxima de 10 km de las obras.

Se llevará a cabo la retirada, acopio y reutilización de suelo fértil, así como la descompactación de suelos en zonas alteradas.

La gestión de los residuos generados se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente en esta materia, diferenciando residuos peligrosos que han de ser tratados por un gestor autorizado (fundamentalmente son aceites usados), residuos asimilables a urbanos en los campamentos de obra y residuos inertes de obra.

Se realizarán trabajos de defensa contra la erosión. Las zonas sensibles, objeto de tratamiento especial contra la erosión, son: zonas de vertederos, parque de maquinaria, zonas de instalaciones auxiliares y viario de acceso a la obra.

Se llevarán a cabo labores de reperfilado de la superficie topográfica, para su adecuación paisajística y garantizar la viabilidad de la revegetación.

c) Medidas para la protección de la red de drenaje y las aguas subterráneas:

Se llevará a cabo el mantenimiento del régimen hídrico y protección del dominio público hidráulico, destacando:

Nunca se interrumpirá la libre circulación de las aguas en los cursos afectados.

Se aprovecharán los pasos actuales sobre los cursos de agua para el cruce de vehículos y maquinaria.

Se realizará la definición y vallado de áreas especiales de trabajo y zonas de exclusión en los cauces, antes del inicio de los trabajos constructivos de la infraestructura hidráulica.

Se llevará a cabo un control de procesos erosivos asociados a las infraestructuras hidráulicas, especialmente en vertederos de tierras que se sitúen en las proximidades de cursos de agua o cauces. Se instalarán dispositivos de retención para evitar arrastres de materiales al río Limonetes y barreras antiturbidez.

No se localizará ningún tipo de obra o instalación en lugares susceptibles de contaminar las aguas subterráneas o superficiales.

d) Medidas para la protección de la vegetación:

Se procurarán utilizar caminos existentes.

Se minimizará el desbroce y la tala del arbolado, se protegerán los ejemplares autóctonos de arbustos y árboles, no se realizarán desbroces en las zonas más representativas de los hábitats de la Directiva 92/43/CEE, y no se eliminarán los pies arbóreos que contengan nidos o madrigueras de especies catalogadas.

Se minimizarán los riesgos de incendio. Se aplicarán las medidas de prevención de incendios forestales contempladas en la legislación de la Comunidad Autónoma de Extremadura (INFOEX).

Se establecerán medidas preventivas para minimizar el riesgo de contaminación de la vegetación durante la fase de obras: protección de los acopios de tierra, riego sistemático de los caminos, etc.

Se llevará a cabo operaciones de restauración y revegetación de los terrenos afectados por las obras con especies de vegetación de ribera autóctona, evitando en la medida de lo posible, la especies ornamentales.

e) Medidas para la protección de la fauna:

Se minimizará la ocupación del hábitat, así como la alteración a la vegetación de ribera y del lecho fluvial.

Se evitará la afección por desbroce de nidos y madrigueras, así como los atropellos de especies terrestres por maquinaria pesada. En el caso de localizar nidos de rapaces u otras especies protegidas durante los trabajos, se deberán reducir las posibles molestias por operarios en un área de 200 metros e informar inmediatamente al Agente del Medio Natural.

Las diferentes actuaciones deberán adaptar el calendario de obras a los períodos críticos de la fauna y a la época de estiaje del río Limonetes. En concreto, las actuaciones de desbroces y cortas de arbolado alóctono en los tramos dentro de la ZEPA, se realizarán preferentemente fuera del periodo primaveral (15 marzo-15 junio) en el que numerosas especies asociadas al río se encuentran en periodo reproductor.

Se deberá de comunicar al coordinador de Agentes del Medio Natural de la zona el inicio de los trabajos.

f) Medidas para la protección del paisaje:

Se llevará a cabo una adecuación morfológica al entorno circundante, así como la utilización de materiales acordes con el entorno para la construcción y acabados de estructuras vistas.

Se integrarán paisajística las infraestructuras mediante tratamientos de revegetación.

g) Medidas para la protección de la población, el sistema territorial y la actividad económica:

Se llevará a cabo la disminución de la producción de polvo y las emisiones atmosféricas producidas por la maquinaria de obra, riegos, etc.

La realización de las obras será en periodo diurno (8-22 h).

Se adoptarán las medidas necesarias para garantizar tanto la continuidad como las características de las vías pecuarias de acuerdo a la legislación vigente.

h) Medidas para la protección del patrimonio cultural:

Todos los movimientos de tierra asociados al desbroce, preparación del terreno, préstamos, etc, deberán ser supervisados por un equipo de especialistas.

Se realizará un seguimiento arqueológico en todas las zonas designadas para acopio, zonas de vertido de tierras y materiales y zonas para los parques de maquinaria, se encuentren o no dentro de la banda estudiada.

El control y seguimiento arqueológico será realizado por técnicos cualificados de forma que en el caso de detectarse restos arqueológicos, se proceda a la paralización de los trabajos y a la excavación completa de estos restos, previa evaluación y autorización de la Dirección General de Patrimonio.

Además, se llevará a cabo un programa de vigilancia y seguimiento ambiental que será comunicado a la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y que incluirá la redacción de informes con la periodicidad descrita en la documentación ambiental.

De lo expuesto, se deduce que la ejecución del proyecto Rehabilitación ambiental del río Limonetes en la zona regable de Talavera la Real (Badajoz) producirá en términos generales efectos ambientales y sociales favorables. No obstante, teniendo en cuenta el informe recibido de la Dirección General del Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura, se considera necesario que se modifique el proyecto incluyendo las medidas establecidas por dicho Organismo, indicadas en el apartado 2 de la presente resolución.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que resuelve no someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (www.marm.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la notificación de esta resolución ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 2 de julio de 2010.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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