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Documento BOE-A-2010-19925

Orden INT/3341/2010, de 13 de diciembre, por la que se crea la Unidad Dependiente "En Davant" (Gandía, Valencia).

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 27 de diciembre de 2010, páginas 107436 a 107436 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2010-19925

TEXTO ORIGINAL

La Administración Penitenciaria, para el mejor cumplimento de sus fines y, entre ellos, el de propiciar al máximo las diversas alternativas legales existentes para el mejor cumplimiento penal de forma que se favorezca y garantice la reinserción de los hombres y mujeres que cumplen condena privativa de libertad, el pasado 4 de junio procedió a firmar un Convenio de Colaboración con la Asociación Jezrael; en dicho Convenio se prevé la colaboración mutua necesaria para poner en funcionamiento una Unidad Dependiente que se denominará «En Davant», ubicada en el municipio de Gandía (Valencia).

La Unidad Dependiente «En Davant» nace con la finalidad de albergar mujeres y hombres penados a penas privativas de libertad, clasificados en tercer grado de tratamiento y que han demostrado ampliamente una buena trayectoria penitenciaria y positiva evolución personal. El inmueble donde radique dicha Unidad Dependiente, no tendrá, a tenor de lo dispuesto en el artículo 165 del vigente Reglamento Penitenciario, aprobado por el Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, indicativos o señales externas que le identifiquen como un espacio donde se albergan internos que cumplen pena privativa de libertad, pues la estructura y aspecto externo de las viviendas donde se ubican todas las unidades dependientes que se han creado, no se diferencia –ni se debe diferenciar en nada– de cualquier otra vivienda civil de su entorno. Se pretende así alcanzar una forma de cumplimiento perfectamente regulado legalmente y de trayectoria ampliamente consolidada, sin estigmas ni cortapisas de ningún tipo, que intenta propiciar la mejor forma de reincorporación social de estos hombres y mujeres sin merma de las pertinentes ayudas y del seguimiento necesario a cargo de la propia Administración Penitenciaria, así como de la Asociación colaboradora y de otros posibles agentes sociales.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Creación de la Unidad Dependiente «En Davant».

Se crea la Unidad Dependiente, denominada, «En Davant», que dependerá del Centro de Inserción Social «Torre Espioca» (Picassent, Valencia).

Dicha Unidad está ubicada en la calle Partida de Banyola, s/n, CP 46702 de Gandía (Valencia), a la que podrán destinarse hombres y mujeres clasificados en tercer grado de tratamiento penitenciario y que podrá contar con la ayuda acordada, vía Convenio, con la Asociación Jezrael.

Disposición final primera. Autorización a la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias.

Se autoriza a la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias para que adopte cuantas medidas sean necesarias, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en esta Orden y a lo que derive de los Convenios que sean de aplicación.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de diciembre de 2010.–El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.

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