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Documento BOE-A-2013-3260

Resolución de 28 de febrero de 2013, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Administración del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, sobre delegación de competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 25 de marzo de 2013, páginas 23916 a 23918 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2013-3260
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2013/02/28/(6)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Administración de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), en su sesión de 22 de febrero de 2013, acordó, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, la aprobación de la Resolución del Presidente del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, de 22 de febrero de 2013, sobre modificación parcial del apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de ADIF, de fecha 27 de abril de 2012, por la que se delegaban determinadas competencias en órganos internos de la entidad, que figura como anexo a la presente resolución.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado; así como con lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de dicho acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de febrero de 2013.–El Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, Rafael Catalá Polo.

ANEXO

Aprobar, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, la Resolución del Presidente de ADIF, de 22 de febrero de 2013, por la que se modifica parcialmente el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de ADIF, de fecha 27 de abril de 2012, por la que se delegaban determinadas competencias en órganos internos de la entidad, cuyo texto se transcribe a continuación:

«Resolución del Presidente de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias por la que se modifica parcialmente el apartado quinto de la resolución de Presidencia de ADIF, de fecha 27 de abril de 2012, por la que se delegaban determinadas competencias en órganos internos de la entidad

El artículo 23.2 del Estatuto de la entidad pública empresarial del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), aprobado mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, establece las facultades competencia del Presidente de la entidad; previéndose asimismo en el apartado tercero del citado artículo, la posibilidad de delegación por éste de determinadas competencias en el vicepresidente, en el personal directivo o en los restantes órganos internos de la entidad.

En base a la citada disposición normativa, se han venido adoptando por el Presidente de ADIF, desde la entrada en vigor de la Ley del Sector Ferroviario y de la mencionada norma estatutaria, sucesivas Resoluciones de delegación de competencias en determinados órganos internos de ADIF, en coherencia con las estructuras y desarrollos organizativos vigentes en cada momento en la entidad y en consideración a sus funciones específicas.

Particularmente, en el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de ADIF, de fecha de 27 de abril de 2012, publicada en el “BOE” número 142, marginal 7893, de fecha 14 de junio de 2012, se delegaban, entre otras, determinadas competencias en órganos internos de la entidad para la resolución de los procedimientos relativos a las autorizaciones previstas en el artículo 15.1 de la Ley 39/2003, de 26 de noviembre, del Sector Ferroviario.

El Real Decreto-ley 22/2012, de 20 de julio, por el que se adoptan medidas en materia de infraestructuras y servicios ferroviarios, ha conllevado la extinción, el día 31 de diciembre de 2012, de la entidad pública empresarial Ferrocarriles Españoles de Vía Estrecha (FEVE), asumiéndose por ADIF a partir de dicha fecha las funciones que en relación con la infraestructura ferroviaria venía administrando y desarrollando FEVE, así como la integración de los trabajadores de FEVE en ADIF que venían prestando tales funciones, conforme a la relación de personal aprobada mediante Orden FOM/2814/2012, de 28 de diciembre; lo que ha conllevado a complementar el desarrollo organizativo de ADIF, haciéndose preciso modificar la redacción de la delegación de competencias en órganos internos referida a la resolución de los procedimientos relativos a las autorizaciones previstas en el artículo 15.1 de la Ley 39/2003, de 26 de noviembre, del Sector Ferroviario.

Por otra parte, el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que los órganos de las diferentes administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma administración, señalándose asimismo en el apartado tercero de dicho artículo que, las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en el “Boletín Oficial del Estado”.

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, las delegaciones de competencias entre órganos deberán ser previamente aprobadas, en los Organismos públicos, por el órgano máximo de dirección, de acuerdo con lo establecido en sus normas de creación.

En base a lo anteriormente expuesto, el Presidente del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, en uso de las facultades que le confiere el artículo 23.3 del Estatuto de ADIF, aprobado mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, viene a adoptar la siguiente resolución:

Modificar el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de ADIF, de fecha de 27 de abril de 2012, publicada en el “BOE” número 142, marginal 7893, de fecha 14 de junio de 2012, en lo referido a la resolución de los procedimientos relativos a las autorizaciones previstas en el artículo 15.1 de la Ley 39/2003, de 26 de noviembre, del Sector Ferroviario, y que quedará redactado en los siguientes términos:

“5.ª Para la resolución de los procedimientos relativos a las autorizaciones previstas en el artículo 15.1 de la Ley 39/2003, de 26 de noviembre, del Sector Ferroviario.

Se delega:

– En las Líneas de Alta Velocidad en Construcción, en función de las obras en ejecución que respectivamente les correspondan: En el Director de Proyectos y Obras de Alta Velocidad o en el Director General de Explotación y Desarrollo de la Red, y en sus órganos internos dependientes, que sean designados por aquellos, en sus respectivos ámbitos territoriales.

– En las líneas en Explotación, en su zona de dominio público, en el Director de Operaciones e Ingeniería de Red Convencional, y en el Director de Operaciones e Ingeniería de Red de Alta Velocidad; y, en su zona de protección, en los órganos internos dependientes del Director de Operaciones e Ingeniería de Red Convencional, y del Director de Operaciones e Ingeniería de Red de Alta Velocidad, que sean designados por éstos, en sus respectivos ámbitos territoriales.

– En las líneas de la Red de Ancho Métrico, tanto en su zona de dominio público como en su zona de protección, en el/la Subdirector/a de Red de Ancho Métrico.”

La presente Resolución se otorga sin perjuicio de las facultades conferidas, o que puedan conferirse, mediante apoderamiento por el Consejo de Administración de la entidad.

La presente Resolución modifica y en consecuencia sustituye el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de ADIF, de fecha de 27 de abril de 2012, publicada en el “BOE” número 142, marginal 7893, de fecha 14 de junio de 2012, en lo referido a las competencias delegadas por el Presidente en órganos internos de la entidad para la resolución de los procedimientos relativos a las autorizaciones previstas en el artículo 15.1 de la Ley 39/2003, de 26 de noviembre, del Sector Ferroviario.

Publíquese la presente Resolución en el “Boletín Oficial del Estado”.

En Madrid, a 22 de febrero de 2013.–El Presidente del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Gonzalo Jorge Ferre Moltó».

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/02/2013
  • Fecha de publicación: 25/03/2013
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA lo indicado, por Resolución de 7 de marzo de 2013 (Ref. BOE-A-2013-3304).
Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 5 de la Resolución de 1 de junio de 2012 (Ref. BOE-A-2012-7893).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
  • Delegación de atribuciones

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