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Documento BOE-A-2022-19373

Resolución de 17 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio con el Colegio de Abogados de Oviedo, para fomentar la formación en materias y actividades profesionales comunes con la Guardia Civil.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 22 de noviembre de 2022, páginas 159314 a 159316 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2022-19373

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito el 11 de noviembre de 2022 la adenda de prórroga y modificación del Convenio suscrito el 7 de noviembre de 2018 entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo para fomentar la formación en materias y actividades profesionales comunes con la Guardia Civil, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 17 de noviembre de 2022.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.

ANEXO
Adenda de prórroga y modificación del Convenio suscrito el 7 de noviembre de 2018 entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo para fomentar la formación en materias y actividades profesionales comunes con la Guardia Civil

En Madrid, a 11 de noviembre de 2022.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. don Rafael Pérez Ruiz, actuando en nombre y representación del Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil), en su calidad de Secretario de Estado de Seguridad, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 84/2020, de 17 de enero (BOE número 16, de 18 de enero de 2020), de conformidad con las funciones asignadas en el artículo 2.1 del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior y con competencia para la suscripción de convenios en el uso de las atribuciones que le confiere el artículo 62.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, el Excmo. Sr. don Luis Carlos Albo Aguirre, Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo, que interviene en virtud de las facultades representativas propias de su cargo según dispone el artículo 78 del Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo (BOE 71, de 24 de marzo de 2021).

Las partes intervienen en virtud de sus respectivos cargos, y en el ejercicio de las competencias, facultades y atribuciones que tienen conferidas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 7 de noviembre de 2018, fue suscrito un Convenio entre el Ministerio del Interior y el Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo, en materia del fomento de la formación en materias y actividades profesionales comunes.

El objeto primordial de ese convenio, y partiendo del respeto a los diferentes ámbitos competenciales, fue fijar un marco de colaboración entre las partes, para contribuir recíprocamente en el campo formativo profesional.

Segundo.

Que, en virtud a lo dispuesto en la cláusula décima, el convenio podrá ser prorrogado por acuerdo unánime de las partes con antelación a la expiración del plazo de vigencia, por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

Tal y como establece la cláusula undécima del convenio relativa a la «Modificación del convenio»:

«De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la modificación del presente convenio, a falta de regulación expresa, requerirá el acuerdo unánime de las partes.»

En base a lo anterior, ambas partes están de acuerdo en modificar el clausulado del convenio suscrito el 7 de noviembre de 2018, fruto de la experiencia adquirida durante la vigencia del mismo y con el objetivo de mejorar y facilitar su ejecución para las partes.

De conformidad con lo expuesto y reconociéndose ambas partes respectivamente competencia y capacidad legal suficientes.

ACUERDAN

Primera. Prórroga del convenio.

Prorrogar por cuatro años el Convenio entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo, suscrito el 7 de noviembre de 2018 (BOE núm. 296, de 8 de diciembre de 2018).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda de prórroga y modificación se perfecciona con su firma y será eficaz a partir de su inscripción, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Segunda. Modificación del convenio suscrito el 7 de noviembre de 2018.

La cláusula séptima del convenio suscrito el 7 de noviembre de 2018, queda redactada en los siguientes términos:

«Séptima. Confidencialidad y protección de datos de carácter personal.

1. Las partes se comprometen a mantener la confidencialidad de todos los datos e informaciones facilitados por la otra parte y que sean concernientes a la ejecución del objeto del presente convenio, debiendo las partes mantener dicha información en reserva y secreto y no revelarla de ninguna forma, total o parcialmente, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte del mismo, salvo en los casos y mediante la forma legalmente previstos.

2. Si durante la ejecución del presente convenio las partes tratasen datos de carácter personal, éstas se obligan al cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos; en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales; y, en lo que le sea de aplicación, la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales.»

Tercera. Condiciones de colaboración.

El resto de las cláusulas del convenio original no sufren modificación alguna y el ámbito y alcance de la colaboración se mantienen en los mismos términos y condiciones.

Cuarta. Transparencia de la actividad pública.

Las partes firmantes dan su consentimiento para la publicación, de forma periódica y actualizada, de la información, relativa al convenio, cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de la actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actividad pública, tal y como exigen los artículos 5.1 y 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

De conformidad con cuanto antecedente, y en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los/las firmantes, suscriben electrónicamente la presente adenda de prórroga al convenio anteriormente indicado.–El Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez Ruiz.–El Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo, Luis Carlos Albo Aguirre.

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