Habiendo sido suscrito el pasado 13 de marzo de 2023 la Adenda de prórroga al convenio entre la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, el Centro Nacional de Información Geográfica y la Real Sociedad Geográfica en materia de información Geográfica y, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, sobre Convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 15 de marzo de 2023.–El Director General del Instituto Geográfico Nacional, Lorenzo García Asensio.
REUNIDOS
De una parte, don Lorenzo García Asensio, Director general del Instituto Geográfico Nacional (IGN) y Presidente del Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG) con domicilio social en Madrid, calle General Ibáñez de Íbero, número 3, en virtud de su nombramiento por Real Decreto 980/2018, de 27 de julio (BOE de 28 de julio de 2018), y de acuerdo con lo dispuesto en la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias.
De otra parte, don Rafel Puyol Antolín, Presidente en funciones de la Real Sociedad Geográfica, en la representación que ostenta en virtud de su nombramiento por acuerdo unánime de la Junta Directiva Extraordinaria de 23 de febrero de 2023.
Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y
EXPONEN
Que la Real Sociedad Geográfica y la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional firmaron un Convenio en materia de información geográfica cuya vigencia comenzó el día 6 de junio de 2019.
Que en la cláusula séptima del citado convenio se establece que su vigencia será de cuatro años, prorrogables por acuerdo expreso entre las partes, que deberá ser formalizado por escrito, tres meses antes de la expiración del plazo convenido, por un periodo máximo de hasta cuatro años adicionales.
Que las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.g) de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, suscriben la presente Adenda de prórroga del convenio con el fin de dar continuidad a la prestación objeto del mismo.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Que la Real Sociedad Geográfica y la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional acuerdan prorrogar por un período de cuatro años, la vigencia del convenio suscrito por los mismos para la colaboración en el ámbito del estudio, análisis y difusión de la información y el conocimiento geográfico.
Con arreglo a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta Adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, su vigencia se extenderá por un periodo de cuatro años más.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente Adenda.–Madrid, 13 de marzo de 2023.–El Director General del Instituto Geográfico Nacional y Presidente del Centro Nacional de Información Geográfica, Lorenzo García Asencio.–El presidente en funciones de la Real Sociedad Geográfica, Rafael Puyol Antolín.
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