Advertidos errores en el texto del Convenio colectivo estatal del sector de prensa diaria, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 7 de junio de 2024 en el BOE núm. 148, de 19 de junio.
Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.
En la página 71482, ha de sustituirse la tabla de equivalencias entre categorías profesionales y grupos profesionales por la siguiente:
Áreas de Actividad Grupos Prof. | Informativa / Redaccional | Gestión | Técnica / Producción |
---|---|---|---|
1 | – Redactor jefe. | – Jefe de servicio/departamento. | – Jefe de servicio/departamento. |
2 | – Jefe de sección. | – Jefe de sección. | – Jefe de Sección. |
3 |
– Redactor. – Filólogo / Lingüística. – Infógrafo. – Diseñador gráfico. – Documentalista. – Redactor gráfico. |
– Jefe de negociado. – Médico. |
– Jefe de equipo. – Jefe de sistemas. – Analista. |
4 |
– Coordinador de publicidad. – Técnico de publicidad. – ATS. – Oficial administrativo 1.ª |
– Programador. – Maquinista. – Mecánico. – Electricista. – Técnico electrónica. – Técnico de aplicación / sistemas. – Fotomecánico / Operador de scanner. – Técnico de fotocomposición. – Corrector. |
|
5 |
– Oficial de administración 2.ª – Promotor de publicidad. – Inspector de ventas. |
– Operador de ordenador. – Técnico audiovisual. – Técnico de laboratorio. – Técnico de preimpresión / Teclista. – Montador. – Encargado de almacén. – Oficial de cierre. – Operador impresión. |
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6 |
– Auxiliar administrativo. – Recepcionista / Telefonista. – Portero / Vigilante. – Ordenanza / Chofer / Conductor. |
– Operador de cierre. – Ayudante de impresión. – Almacenero. – Mozo. – Limpiador/a. |
Madrid, 1 de julio de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.
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