Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a don Alberto Toca Carus, que por el
Tribunal Económico-Administrativo Central, y en el
expediente RG 3773/98, seguido a su instancia por
Renta de las Personas Físicas, se ha dictado
Resolución en sesión del día 25 de septiembre de 2001,
cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada interpuesto por
don Alberto Toca Carus, contra Resolución del
Tri
bunal Económico-Administrativo Regional de
Galicia, de 20 de febrero de 1998, en la reclamación
número 15/3575/96 relativa al Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas del ejercicio 1991,
acuerda: Declararlo inadmisible por extemporáneo".
Lo que notifico reglamentariamente a Vd.
advirtiéndole que contra esta Resolución definitiva en
vía económico-administrativa puede interponer
recurso contencioso-administrativo de la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses, a contar del
día siguiente a la fecha de esta notificación.
Madrid, 21 de enero de 2002.-María de Rus
Ramos Puig.-3.063.
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