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Documento BORME-C-2005-215001

AGUIÑAUR DE INVERSIONES, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) BENGARBE INVERSIONES, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 215, páginas 34108 a 34109 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-215001

TEXTO

Fusión por absorción

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, aplicable por la remisión hecha al mismo por el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que el socio único de «Aguiñaur de Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal», y el socio único de «Bengarbe Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal», en sus respectivas tomas de decisiones, que tuvieron lugar el 4 de noviembre de 2005, aprobaron la fusión de las dos sociedades mediante la absorción de «Bengarbe Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal» (sociedad absorbida), por parte «Aguiñaur de Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal» (sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de aquélla y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos, a título universal, a «Aguiñaur de Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal».

La fusión se acordó sobre la base del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de todas las sociedades intervinientes con fecha 19 de octubre de 2005, que fue depositado en el «Registro Mercantil» de Madrid con fecha 3 de noviembre de 2005, y con los Balances de fusión de ambas sociedades cerrados el 30 de septiembre de 2005, habiendo sido ambos documentos igualmente aprobados, respectivamente, por el socio único de la sociedad absorbente (la sociedad española «Aguiñaur de Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal»), y por el socio único de la sociedad absorbida (la sociedad española «Bengarbe Inversiones Sociedad Limitada Unipersonal»), con fecha 4 de noviembre de 2005. La fecha a partir de la cual las operaciones de «Bengarbe Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal» (sociedad absorbida), se entenderán realizadas, a efectos contables, por cuenta de «Aguiñaur de Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal» (sociedad absorbente), será, según resulta del citado proyecto de fusión, el 1 de octubre de 2005.

Se hace constar, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, aplicable por la remisión hecha al mismo por el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, se hace constar, en cumplimiento del artículo 243 de dicha Ley, el derecho que asiste a los acreedores de ambas sociedades de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la misma.

Madrid, 4 de noviembre de 2005.-Ion Madariaga Arbe, Administrador solidario de «Bengarbe Inversiones, S. L.» (Sociedad Unipersonal) (sociedad absorbida), y Administrador solidario de «Aguiñaur de Inversiones, S. L.» (Sociedad Unipersonal) (sociedad absorbente).-56.858. 1.ª 14-11-2005

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