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Documento BORME-C-2019-4766

ARAIZ SUMINISTROS ELÉCTRICOS, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ILUME, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 105, páginas 5633 a 5633 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-4766

TEXTO

La Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Araiz Suministros Eléctricos, S.A. (Sociedad Absorbente), y el accionista único de Ilume, S.A.U., en el ejercicio de las competencias de Junta General de Accionistas, acordaron el día 27 de mayo de 2019, en sus domicilios sociales, y con el carácter de Universal, por unanimidad, la fusión por absorción de Ilume, S.A.U. (Sociedad Absorbida), por parte de Araiz Suministros Eléctricos, S.A., mediante la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que no aumentará su capital social al ser titular directamente de todas las acciones de la sociedad absorbida.

La fusión tiene el carácter de fusión por absorción de entidad íntegramente participada del artículo 49 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME).

Se ha considerado como balance de fusión el de ambas compañías a fecha 31 de diciembre de 2018, debidamente aprobado en la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas y por el accionista único en el ejercicio de las competencias de la Junta General de Accionistas, celebradas el día 27 de mayo de 2019. A efectos contables, la fusión surtirá efecto el 18 de marzo de 2019, a partir de cuyo momento las operaciones realizadas por la sociedad absorbida se entenderán realizadas en beneficio de la absorbente.

Se hace constar, expresamente, el derecho de los accionistas y acreedores, de cada una de las Sociedades que participan en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los accionistas y representantes de los trabajadores a pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos relacionados con la fusión, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 39 de la LME.

Se hace constar, asimismo, el derecho de oposición de los acreedores durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos de fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Zaragoza, 29 de mayo de 2019.- La Consejera Delegada de Araiz Suministros Eléctricos, S.A., y Administradora Solidaria Ilume, S.A.U., Esther Araiz Ara.

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