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Documento BORME-C-2022-5044

LOVEMATIC, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
INLOVESA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)
PHOTOGAMES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 135, páginas 6112 a 6112 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-5044

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que, con fecha 19 de junio de 2022, la Junta general extraordinaria y Universal de "LOVEMATIC, S.L." (la "Sociedad Escindida") ha aprobado por unanimidad la escisión total de ésta, que se extinguirá vía disolución sin liquidación, con el consiguiente traspaso de la totalidad de su patrimonio social a las entidades "INLOVESA, S.L." y "PHOTOGAMES, S.L." (las Sociedades Beneficiarias), quienes adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del mismo, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en favor de dos sociedades beneficiarias. Dicho acuerdo se ha adoptado al amparo del procedimiento simplificado que prevé el artículo 42 de la LME por remisión del artículo 73.1 de la misma, así como el artículo 78 bis de la referida norma, al cumplirse los requisitos establecidos en los mismos, por lo que no resultan preceptivos ni el depósito de proyecto de escisión, ni el informe del órgano de administración ni el de experto independiente sobre el proyecto de escisión, así como tampoco el Balance de escisión, no obstante lo cual el órgano de administración lo ha incorporado al proyecto de escisión y la Junta general extraordinaria y Universal de la Sociedad Escindida ha procedido a la aprobación del mismo.

Se hace constar que se ponen a disposición de los socios y acreedores de la Sociedad Escindida –para su examen en el domicilio social o el envío gratuito e inmediato a su domicilio– el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado y el Balance de escisión.

Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores de la Sociedad Escindida de oponerse a la operación de escisión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Albolote (Granada), 12 de julio de 2022.- Administrador solidario, Jesus Ramón López Vega.

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