Está Vd. en

Documento BORME-C-2022-5726

HYDROSTAT CEN, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)
GLOBAL CEN TECHNOLOGIES, S.L.
(SOCIEDAD SEGREGADA PARCIALMENTE)

Publicado en:
«BORME» núm. 155, páginas 6919 a 6919 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-5726

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que el Socio Único de la compañía "Hydrostat Cen, S.L.U." (en adelante "Sociedad Beneficiaria") ejerciendo las facultades de Junta General y los socios de "Global Cen Technologies, S.L." (en adelante "Sociedad Segregada") aprobaron por unanimidad, en fecha 16 de junio de 2022, la segregación parcial de la Sociedad Segregada con división de una parte de su patrimonio, que será traspasado a título de sucesión universal y en bloque a favor de la Sociedad Beneficiaria, sociedad ya existente.

El acuerdo de segregación se aprobó en los términos previstos en el proyecto común de segregación formulado y aprobado por el administrador único de las Sociedades Segregada y Beneficiaria en ambos casos en fecha 11 de mayo de 2022. Se han aprobado como balances de segregación los cerrados por las Sociedad Segregada en fecha 31 de diciembre de 2021 y por la Sociedad Beneficiaria el existente al momento de la constitución en fecha 25 de marzo de 2022.

Dado que la Sociedad Segregada es socio único de la Sociedad Beneficiaria, es de aplicación a la segregación parcial el procedimiento simplificado establecido en el artículo 49 LME por remisión del artículo 52.1 LME. Igualmente y toda vez que el acuerdo de segregación parcial fue adoptado de conformidad con lo preceptuado en el artículo 42 LME, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, tampoco el informe de los administradores sobre el proyecto de segregación parcial.

Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades participantes en la segregación de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de segregación, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las Sociedades Segregada y Beneficiaria durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la segregación parcial, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Santa María del Camí (Palma de Mallorca), 31 de julio de 2022.- El Administrador Único de Global Cen Technologies, S.L. y de Hydrostat Cen, S.L.U., Don José María Martí Sauras.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid