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ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 30/12/1991
  • Fecha de publicación: 31/12/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1992
  • La modificación de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, se establece por estar modificada por la Ley 4/1990, de 29 de junio.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA:
    • el art. 104, por Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio (Ref. BOE-A-2011-11345).
    • la disposición adicional 26.1, por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo (Ref. BOE-A-2004-4456).
    • el art. 69, por Ley 62/2003, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-23936).
  • SE DECLARA en la CUESTIÓN 4171/1998, la desestimación en relación con el art. 16.4 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, la redacción dada por el art. 34., por Sentencia 67/2002, de 21 de marzo (Ref. BOE-T-2002-7195).
  • SE ACTUALIZA, sobre conversión a euros de las cuantías indicadas: Resolución de 20 de diciembre de 2001 (Ref. BOE-A-2001-24827).
  • SE DECLARA en el recurso 830/1992, la extinción por desaparición sobrevenida de su objeto en relación con el art. 99 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la redacción dada, por Sentencia 235/2000, de 5 de octubre (Ref. BOE-T-2000-20067).
  • SE DEROGA:
    • lo indicado de la disposición adicional 9, por Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio (Ref. BOE-A-2000-12140).
    • lo indicado de la disposición adicional 9, por Real Decreto Legislativo 1/2000, de 9 de junio (Ref. BOE-A-2000-11121).
  • SE DECLARA en la CUESTIÓN 1542/1995, la desestimación en relación con la disposición adicional 5, por Sentencia 131/1999, de 1 de julio (Ref. BOE-T-1999-16573).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con la disposición final segunda, sobre ayudas y Subvenciones de cooperación internacional: Real Decreto 259/1998, de 20 de febrero (Ref. BOE-A-1998-4054).
  • SE DEROGA la disposición adicional 19 y se modifica el art. 36, por Ley 13/1996, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1996-29117).
  • SE DECLARA la vigencia de la disposición adicional 26, por Ley 43/1995, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1995-27752).
  • SE DECLARA en las CUESTIONES ACUMULADAS 2664 y 2871/1992, inconstitucionales y nulos el último inciso del art. 111.3 y el art. 128.5.1 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, en la redacción dada, por Sentencia 195/1994, de 28 de junio (Ref. BOE-T-1994-17501).
  • SE DEROGA:
    • el art. 50, por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Ref. BOE-A-1994-14960).
    • los arts. 98 y 99, por Ley 20/1993, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1993-31086).
    • la disposición adicional Octava, por Ley 10/1993, de 21 de abril (Ref. BOE-A-1993-10455).
  • SE DESARROLLA:
    • el art. 18, por Real Decreto 562/1993, de 16 de abril (Ref: 93/10089) (Ref. BOE-A-1993-10089).
    • los arts. 1 y 2, por Real Decreto 1622/1992, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1992-28923).
  • Recurso 831/1992 contra determinadas Partidas en relación con el art. 2 (Ref. BOE-A-1992-9882).
  • SE DEROGA el art. 72.5, por Real Decreto-ley 1/1992, de 3 de abril (Ref. BOE-A-1992-7714).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • aprobando la oferta de empleo público, por Real Decreto 265/1992, de 20 de marzo de 1992 (Ref. BOE-A-1992-6621).
    • con el art. 44, sobre Revalorización de Pensiones de Clases Pasivas: Real Decreto 96/1992, de 7 de febrero (Ref. BOE-A-1992-3081).
    • con el art. 111, sobre normas de cotización: Orden de 16 de enero de 1992 (Ref. BOE-A-1992-1212).
    • con el art. 53, disponiendo la Creación de Deuda del Estado durante 1992: Real Decreto 12/1992, de 17 de enero (Ref. BOE-A-1992-1039).
    • sobre revalorización de pensiones de seguridad social para 1992: Real Decreto 2/1992, de 10 de enero (Ref. BOE-A-1992-499).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • los apartados 5 y 8 del art. 127; y MODIFICA los arts. 64.1 y 113.2 de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-28404).
    • en cuanto se oponga, el art. 129.2.b).5 y 6, de la Ley de Régimen local, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril (Ref. BOE-A-1986-9865).
    • los arts.14.d) y 17 párrafo 2, del Reglamento aprobado por Real Decreto 33/1986, de 10 de enero (Ref. BOE-A-1986-1216).
    • el art. 31.2 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto (Ref. BOE-A-1984-17387).
    • los arts. 16.e) y 26 párrafo 2 de la Ley 13/1971, de 19 de junio (Ref. BOE-A-1971-764).
    • en la forma indicada, el art. 34.4 y MODIFICA el art. 37.B) y disposición adicional 18.2 y 18.4 de la Ley 4/1990, de 29 de junio (Ref. BOE-A-1990-15347).
  • MODIFICA:
    • art. 103.3.4 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1990-31180).
    • anexos I y II del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre (Ref. BOE-A-1990-23930).
    • arts. 89, 92.3 y 108.2, y disposición adicional 12 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29623).
    • art. 62 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29622).
    • el artículo 42 y PRORROGA lo indicado del 104.4 de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29563).
    • los arts. 81.3 y 138 de la Ley General presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-1988-22572).
    • la disposición adicional 2.4.b) de la Ley 19/1988, de 12 de julio (Ref. BOE-A-1988-17704).
    • el art. 52 de la Ley 8/1988, de 7 de abril (Ref. BOE-A-1988-9115).
    • los arts. 89.2, 93.2 y 93.4 de la Ley 7/1988, de 5 de abril (Ref. BOE-A-1988-8678).
    • los arts. 20, 21 y 22 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-28141).
    • los arts. 31, 37 y 41 de la Ley de Clases Pasivas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril (Ref. BOE-A-1987-12636).
    • los arts. 27.1 y 29.1 de la Ley 30/1985, de 2 de agosto (Ref. BOE-A-1985-16765).
    • art. 99 de la Ley 7/1985, de 2 de abril (Ref. BOE-A-1985-5392).
    • el art. 16 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-1985-151).
    • el art. 46 de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3050/1980, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1981-2491).
    • el art. 13 de la Ley 82/1980, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1981-1898).
    • los arts. 23 y 26 de la Ley 61/1978, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1978-31230).
    • el art. 3.4.1 del Real Decreto-ley 16/1977, de 25 de febrero (Ref. BOE-A-1977-5883).
    • el art. 7.1 del Real Decreto-ley 16/1976, de 24 de agosto (Ref. BOE-A-1976-16223).
    • el art. 23.1.4 de la Ley 21/1974, de 27 de junio (Ref. BOE-A-1974-1013).
    • el art. 8 de la Ley 10/1970, de 4 de julio (Ref. BOE-A-1970-738).
    • el art. 83 y disposición final 2.A) de la Ley de Contratos del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 923/1965, de 8 de abril (Ref. BOE-A-1965-7156).
    • el art. 9 del Decreto-ley 2/1964, de 4 de febrero (Ref. BOE-A-1964-2028).
    • los arts. 111.3 y 128, y AÑADE el 37.5 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1963-22706).
  • AÑADE el art. 10 a la Ley 21/1991, de 17 de junio (Ref. BOE-A-1991-15528).
  • PRORROGA el plazo establecido en la disposición transitoria 3 del Real Decreto-ley 2/1986, de 23 de mayo (Ref. BOE-A-1986-13027).

Materias

  • Administración Civil del Estado
  • Administración de Justicia
  • Administración Local
  • Administración Militar
  • Administración Turística Española
  • Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública
  • Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Agricultura
  • Ancianos
  • Archivos
  • Asistencia sanitaria de la Seguridad Social
  • Asistencia social
  • Auditoría de Cuentas
  • Ayuntamientos
  • Bachillerato
  • Banca
  • Banco de España
  • Becas
  • Bibliotecas
  • Cabildos Insulares
  • Caja Postal
  • Cajas de Ahorro
  • Cámaras Oficiales de Comercio Industria y Navegación
  • Canal de Isabel II
  • Canarias
  • Carrera Fiscal
  • Carrera Judicial
  • Carreteras
  • Catástrofes
  • Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial
  • Centros de enseñanza
  • Ceuta
  • Cinematografía
  • Clases Pasivas
  • Comercio
  • Comercio exterior
  • Comisión Nacional del Mercado de Valores
  • Comunidad Económica Europea
  • Comunidades Autónomas
  • Condecoraciones y Recompensas
  • Conmemoraciones
  • Consejo de Administración del Patrimonio Nacional
  • Consejo de Seguridad Nuclear
  • Consejo Económico y Social
  • Consejo General del Poder Judicial
  • Consejo Superior de Deportes
  • Consejos Insulares
  • Consorcio de Compensación de Seguros
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  • Ferrocarriles de vía estrecha
  • Fondo de Ayuda al Desarrollo
  • Fondo de Compensación Interterritorial
  • Fondo de Garantía Salarial
  • Fondo de Solidaridad para el Empleo
  • Formación profesional
  • Fuerzas Armadas
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Funcionarios de la Administración Local
  • Ganadería
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  • Hacienda Pública
  • Haciendas Locales
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  • Impuesto Especial sobre el Alcohol y Bebidas derivadas
  • Impuesto Especial sobre Hidrocarburos
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  • Impuesto sobre Actividades Económicas
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles
  • Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
  • Impuesto sobre el Valor Añadido
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  • Instituto Nacional de Hidrocarburos
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  • Seguro obligatorio de vejez e invalidez
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  • Servicios Sociales de la Seguridad Social
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  • Sociedades públicas
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  • Transportes marítimos
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