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Documento BOE-A-2000-1329

Orden de 21 de diciembre de 1999 por la que se aprueba la relación de ficheros automatizados de datos de carácter personal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2000, páginas 2803 a 2849 (47 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2000-1329
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1999/12/21/(8)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 18 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal, establece en su apartado primero que «la creación, modificación o supresión de ficheros automatizados de las Administraciones Públicas, sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado»» o diario oficial correspondiente.

La Orden de 27 de julio de 1994 regula los ficheros automatizados de datos personales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conteniendo en dos anexos la relación y descripción de los distintos ficheros automatizados. Esta Orden ha sido parcialmente modificada por la Orden de 4 de agosto de 1995.

Transcurridos cuatro años, las necesidades de una eficaz gestión del sistema tributario estatal y aduanero, así como las demás funciones que la Ley encomienda a la Agencia Tributaria, requieren la creación de nuevos ficheros automatizados y la modificación de algunos ya existentes. Por tal motivo, y manteniendo en vigor los principios generales aplicables a los ficheros de la Agencia Tributaria, los cuales se regulan en la mencionada Orden de 27 de julio de 1994, parece oportuno sustituir los anexos actualmente vigentes por otros en los que se proceda a la creación de los nuevos ficheros que resultan necesarios al tiempo que se ordenan y sistematizan el conjunto de ficheros titularidad de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

En su virtud, este Ministro ha tenido a bien disponer:

Primero.

Son ficheros automatizados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, destinados a la gestión del sistema tributario estatal y aduanero, los enumerados en el anexo I de la presente disposición.

Segundo.

Son ficheros automatizados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, no destinados a la gestión del sistema tributario estatal y aduanero, los enumerados en el anexo II de la presente disposición.

Tercero.

Todos los ficheros a que se refieren los apartados anteriores se regirán por lo dispuesto en la Orden de 27 de julio de 1994 por la que se regulan los ficheros automatizados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, modificada por la Orden de 4 de agosto de 1995.

Disposición derogatoria única.

Quedan derogados los anexos de las Órdenes citadas en el apartado anterior y sustituidos por los de la presente Orden.

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de diciembre de 1999.

DE RATO Y FIGAREDO

Excmo. Sr. Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria e Ilmo. Sr. Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

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ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 21/12/1999
  • Fecha de publicación: 21/01/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 22/01/2000
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • lo indicado de los anexos I, II y III, por Resolución de 15 de febrero de 2018 (Ref. BOE-A-2018-2742).
    • el anexo I, por Resolución de 18 de noviembre de 2015 (Ref. BOE-A-2015-13070).
  • SE AMPLÍA:
    • el anexo I, por Resolución de 29 de julio de 2014 (Ref. BOE-A-2014-8545).
    • el anexo I, por Resolución de 22 de noviembre de 2013 (Ref. BOE-A-2013-12754).
    • el anexo I, por Resolución de 30 de septiembre de 2013 (Ref. BOE-A-2013-10706).
    • el anexo I, por Resolución de 24 de enero de 2013 (Ref. BOE-A-2013-1302).
    • el anexo II, por Resolución de 30 de abril de 2008 (Ref. BOE-A-2008-8591).
    • el anexo I, por Resolución de 8 de febrero de 2007 (Ref. BOE-A-2007-3765).
    • el anexo I, por Resolución de 27 de marzo de 2006 (Ref. BOE-A-2007-1972).
    • lo indicado, por Resolución de 19 de octubre de 2005 (Ref. BOE-A-2005-18050).
  • SE MODIFICA:
    • el anexo II, por Resolución de 10 de septiembre de 2004 (Ref. BOE-A-2004-16157).
    • el anexo I, por Resolución de 17 de febrero de 2004 (Ref. BOE-A-2004-4931).
    • los anexos I y II, por la Orden HAC/2632/2002, de 16 de octubre (Ref. BOE-A-2002-20733).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE num. 58, de 8 de marzo de 2000 (Ref. BOE-A-2000-4530).
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE:
  • DE CONFORMIDAD con el art. 18 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-1992-24189).
Materias
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Ficheros con datos personales

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