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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 9/1983, de 13 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 1983.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 13/07/1983
  • Fecha de publicación: 14/07/1983
  • Fecha de entrada en vigor: 03/08/1983

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA en las Cuestiones acumuladas 651/1985 y 1314/1987, la inconstitucionalidad y nulidad, en cuanto a sus efectos retroactivos, de la disposición adicional 2, por Sentencia 97/1990, de 24 de mayo (Ref. BOE-T-1990-14324).
  • SE DEROGA:
    • la disposición adicional 13, por Ley 39/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29623).
    • la disposición adicional 11.1 a 3, por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-1988-22572).
  • SE DECLARA en el recurso 679/1983, la inconstitucionalidad del art. 21.2, párrafo 2, por Sentencia 63/1986, de 21 de mayo (Ref. BOE-T-1986-15947).
  • SE MODIFICA la disposición adicional 6 y SE PRORROGA, para 1986, lo indicado del art. 35.1 y de la disposición adicional 9, por Ley 46/1985, de 27 diciembre (Ref. BOE-A-1985-26831).
  • SE DECLARA en el recurso 687/1983, la inconstitucionalidad y nulidad del inciso indicado, por Sentencia 20/1985, de 14 de febrero (Ref. BOE-T-1985-3616).
  • SE PRORROGA:
    • para 1985, lo indicado del art. 27 y disposición adicional 9 y, en los términos señalados, lo indicado del 35.1, por Ley 50/1984, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1984-28337).
    • para 1984 y en los términos señalados, lo indicado de los arts. 27, 33, 35.1 y 2, y las disposiciones adicionales 9 y 13, por Ley 44/1983, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1983-34167).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • el art. 23.6, y se dispone emisión de Deuda del Tesoro: Real Decreto 3142/1983, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-1983-33763).
    • con el art. 23.1.1, y se dispone emisión de Deuda del Estado: Real Decreto 2948/1983, de 23 de noviembre (Ref. BOE-A-1983-31309).
  • SE DESARROLLA la disposición adicional 13, por Real Decreto 2308/1983, de 25 de agosto (Ref. BOE-A-1983-23288).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 23.1.1 y se dispone emisiones de Deuda del Estado: Real Decreto 2168/1983, de 4 de agosto (Ref. BOE-A-1983-22010).
    • con el art. 39 y se regula su aplicación: Orden de 15 de julio de 1983 (Ref. BOE-A-1983-19856).

Referencias anteriores

Materias

  • Administración Local
  • Administración Militar
  • Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública
  • Aduanas
  • Aeropuertos y aeródromos
  • Autopistas
  • Ayuntamientos
  • Banco de España
  • Cabildos Insulares
  • Cámaras Oficiales de Comercio Industria y Navegación
  • Cédulas para inversiones
  • Clases Pasivas Civiles
  • Clases Pasivas Militares
  • Comunidades Autónomas
  • Condecoraciones y Recompensas
  • Consejo de Seguridad Nuclear
  • Contratación de la Administración del Estado
  • Contribución Territorial Rústica y Pecuaria
  • Contribución Territorial Urbana
  • Convenios colectivos
  • Crédito Oficial
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Cuerpo de Intervención y Contabilidad de la Administración Civil del Estado
  • Desempleo
  • Deuda Pública
  • Diputaciones Provinciales
  • Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
  • Fondo de Compensación Interterritorial
  • Fondo Especial de Protección al Desempleo
  • Fuerzas Armadas
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Funcionarios de la Administración Local
  • Funcionarios de Organismos Autónomos
  • Gastos públicos
  • Hacienda Pública
  • Haciendas Locales
  • Impuesto Especial sobre el Petróleo sus derivados y similares
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
  • Impuestos sobre el Lujo
  • Instituto de Crédito Oficial
  • Instituto Nacional de Hidrocarburos
  • Instituto Nacional de Industria
  • Instituto para la Promoción Pública de la Vivienda
  • Instituto Social de las Fuerzas Armadas
  • Intervención General de la Administración del Estado
  • Inversiones
  • Jubilación
  • Moneda
  • Municipios
  • Mutilados
  • Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado
  • Mutualidad General Judicial
  • Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local
  • Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo
  • Obras y objetos de arte
  • Organismos autónomos
  • Parque Móvil Ministerial
  • Pensiones
  • Presupuestos Generales del Estado
  • Radiodifusión
  • Radiotelevisión Española
  • RENFE
  • Retribuciones
  • Salarios
  • Seguridad Social
  • Servicio Central de Suministros
  • Sistema tributario
  • Sociedades de Garantía Recíproca
  • Sociedades públicas
  • Tasas y exacciones parafiscales
  • Trabajadores
  • Tribunal de Cuentas del Reino

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